Costa Rica
Compartimos tu pasión McCain & B+D
En acatamiento a lo dispuesto en este Reglamento, en la Ley N.° 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, su Reglamento Decreto Ejecutivo MEIC N°37899-MEIC, Ley N.° 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, y demás normativa costarricense aplicable. se establecen los lineamientos para la promoción denominada “Compartimos tu pasión McCain & B+D”
Para todos los efectos, las partes se atenderán a lo dispuesto en la citada Ley y en apego a las cláusulas que se estipulan en el presente Reglamento.
En adelante se entenderá por:
- “Patrocinador” Avenida Quince Producciones SRL, cédula de persona jurídica 3-102-785097, a nombre de la marca McCain (según el portafolio participante que se dirá). El patrocinador es el organizador y responsable legal de la promoción que por este reglamento se regula, independientemente que se utilicen en la dinámica de la promoción plataformas tecnológicas o proveedores externos.
- “Reglamento” o “el reglamento”: este documento y el reglamento específico para la ejecución del premio denominado “Compartimos tu pasión McCain & B+D.”.
- “Promoción” o “la promoción”: la actividad promocional aquí regulada.
- “Favorecidos o favorecidas”: las personas que resulten como tal y que, para ser declaradas ganadoras, deben cumplir con el reglamento, firmar y proporcionar información que sea necesaria para la obtención del premio.
- “Ganadores o ganadoras”: las personas que habiendo sido favorecidas o favorecidos, y cumpliendo con todos los requisitos, acepten un premio por medio del documento elaborado para tal efecto.
- “FACTURA Y/O TIQUETE DE CAJA “LAS FACTURA Y/O TIQUETE DE CAJAS VÁLIDAS ANTE LA TRIBUTACIÓN DIRECTA Y/O RÉGIMEN SIMPLICADO EMITIDAS POR LOS COMERCIOS.”.
- FORMULARIO: Documento digital, elaborado para que los consumidores de los productos indicados durante el período de la promoción introduzcan datos estructurados en las zonas correspondientes, para ser almacenados y procesados posteriormente.
GENERALIDADES:
- Esta promoción consiste en que durante el plazo que se dirá las persona interesadas en participar deberán comprar mínimo 1 bolsa de producto McCain® (según el portafolio que se dirá), en cualquier establecimiento a nivel nacional y registrar una foto de un número único de factura y/o tiquete de caja, y del producto comprado al número de WhatsApp +502 3016 6904 y llenar el correspondiente formulario con los datos que se les solicitarán.
- Las personas participantes que cumplan los requisitos de este reglamento podrán hacerse acreedoras de una de las cien freidoras de aire que se rifarán (según la marca y características indicadas en este reglamento).
- Para efectos de esta promoción, Avenida Quince Producciones SRL no solicita ingresar a ningún link únicamente llenar el formulario de la información de la compra.
- Podrán participar todas aquellas personas mayores de edad, con documento de identidad vigente, sea cédula de identidad si es costarricense, o bien pasaporte o cédula de residencia si es extranjero con domicilio en Costa Rica.
- Quienes participen conforme a las indicaciones dadas y cumplan con los requisitos, a fin de poder ser posibles adjudicatarios de los premios que se indicarán y que se detallan en el presente reglamento, siempre y cuando los participantes cumplan con las condiciones establecidas en este reglamento.
- La duración de la promoción es desde el 1 de abril del 2026 desde las 12:00 AM hasta el día 31 de mayo del 2026 a las 12:00 AM, pero podría extenderse a criterio de EL PATROCINADOR, quienes estarán comunicándolo previamente por medio, de redes sociales, y/o por otros medios de comunicación.
- Toda persona que desee participar declara haber tenido acceso previo a este Reglamento y manifiesta su conocimiento sobre las condiciones de participación, así como de las reglas, limitaciones y responsabilidades aquí establecidas. La participación en la actividad implicará la aceptación de dichas disposiciones, sin que ello suponga renuncia a los derechos que le otorga la legislación aplicable.
- El plazo para participar vence el día 31 de mayo del 2026 a las 12:00:00 AM
EN QUÉ CONSISTE LA PROMOCIÓN:
- La promoción consiste en que aquellas personas que lo deseen y cumplan con los requisitos podrán participar para ser ganador o ganadora de una de las cien freidoras de aire que se sortearán los días y horas que se dirán. El plazo de la promoción será del 1 de abril del 2026 desde las 12:00 AM hasta el día 31 de mayo del 2026 a las 12:00 AM.
- Las personas ganadoras de uno de los premios indicados que tengan otras facturas y/o tiquete de cajas participando dentro del sistema que se dirá, no podrán seguir participando en los restantes sorteos. Es decir, si una persona resulta ganadora en uno de los sorteos con una factura y/o tiquete de caja específica, las restantes factura y/o tiquetes de cajas que esta persona haya ingresado NO continuan participando en los restantes sorteos.
- Podrán participar de la promoción todas aquellas personas mayores de edad que compren o adquieran productos de la marca McCain (según se indique) en los diferentes puntos de venta de todo el país, y que ingresen los datos solicitados y el número de factura (s) y/o el tiquete de caja al número de WhatsApp +502 3016-6904.
- Se toma una factura y/o tiquete de caja por participación sin importar que existan varias unidades de compra de productos McCain en la misma factura y/o tiquete de caja.
- Se permite factura y/o tiquete de cajas electrónicos.
- Si algún participante resulta favorecido deberá cumplir con los requisitos reglamentarios en la forma que se indicará.
- Durante el período de la promoción los participantes podrán ingresar las fotos de facturas y/o tiquetes de cajas que deseen, junto con la evidencia fotográfica del producto McCain adquirido, y que cumplan con la compra de los productos que se dirán durante el tiempo de la promoción, las cuales serán sorteadas mediante un sorteo de tómbola digital tal y como se dirá, pudiendo ser adjudicatarios de los premios que se indican.
CÓMO PARTICIPAR:
La promoción se desarrollará de la siguiente manera:
Desde el día 01 de abril a las 12: 00 AM, (hora de inicio de la promoción) hasta el día 31 de mayo del 2026 a las 12:00 AM (hora de cierre del sistema de ingreso de factura y/o tiquetes de cajas) las personas que durante el plazo de la promoción que compren o adquieran productos de la marca McCain, que se indicarán, podrán ingresar las evidencias fotográficas de números de factura y/o tiquetes de caja y de los productos adquiridos en los diferentes puntos de venta de supermercados a nivel nacional donde se comercializan dichos productos.
Deberán completar el formulario con los datos solicitados como son: Nombre, apellidos, país, número de documento de identidad, correo electrónico, número de teléfono y registrar una fotografía de su factura y/o tiquete de caja y del empaque de producto McCain adquirido al número de WhatsApp +502 3016-6904. Luego de estos pasos, quedarán participando para ser adjudicatarios de una de las cien freidoras de aire que se sortearán.
No es suficiente haber realizado la compra de los productos que se indicarán para ser adjudicatario de uno de los premios, es indispensable haber llenado el correspondiente formulario con la información solicitada correctamente y ser enviado por al WhatsApp número +502 3016-6904
Es indispensable que el formulario lleve la información personal de los participantes (NOMBRE COMPLETO, NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN, NÚMERO DE TELÉFONO, CORREO ELECTRÓNICO), e indique a través de una fotografía, el número de factura y/o tiquete de caja donde realizó la compra y evidencia del empaque adquirido, y subirla al número de WhatsApp +502 3016-6904.
Una vez que realicen los sorteos y se obtengan los nombres de los ganadores y los suplentes, EL PATROCINADOR Avenida Quince Producciones SRL se comunicará con cada ganador(a) y, una vez que se corrobore la información de la factura y/o tiquete de caja, el producto McCain adquirido, y se compruebe la veracidad de los mismos, se procederá a notificarle que fue adjudicatario de uno de los premios.
Todos los ganadores se darán a conocer en caso de así definirlo EL PATROCINADOR en redes sociales y/o cualquier medio de comunicación.
Los ganadores de esta promoción se obligan a cumplir en su totalidad con las condiciones de este reglamento
PRODUCTOS PARTICIPANTES:
Los interesados en participar en esta promoción deberán adquirir como mínimo una bolsa de papas de marca McCain, de los siguientes productos participantes:
Portafolio participante:
Quick Cook Straigh Cut,
Quick Cook Crinkle Cut,
Quick Cook Hashbrown,
Golden Long,
Original Traditional,
Mediterranean Potatoes,
Patatas Bravas,
Steakhouse Frites,
Fry n’ DIP,
Straight Cut,
Straight Cut Fries,
Shoestring Cut Fries,
Crinkle Cut Fries,
Craft Beer Battered Fries,
Extra Crispy Crinkle Fries,
Clasicas con onda,
Savoury Wedges,
Super Crisps,
Super Wedges,
Seasoned Spiral Fries,
Seasoned Waffle Fries,
Baby Cakes,
Golden Valley,
Hashbrowns
Participan todas las presentaciones arriba indicadas sin importar su gramaje.
LOS PREMIOS:
La personas que participen en esta promoción podrán hacerse acreedores de uno de los siguientes premios:
- 50 freidoras de aire, modelo: AFBD42-3BDLA Perilla Freidora de Aire Black+Decker de 4.2L
- 50 freidoras de aire modelo AFBD42-1BDLA Digital Freidora de aire de 4.2 L Black+Decker PURIFRY™
Las freidoras de aire serán asignadas aleatoriamente entre ambos modelos a los ganadores.
Los ganadores de los premios serán contactados vía telefónica por personeros de EL PATROCINADOR a fin de verificar el cumplimiento de este reglamento.
Los ganadores podrán reclamar su premio según el siguiente esquema:
- 1.er sorteo: 20 de abril de 2026, reclamo de premios a partir del 22 de abril de 2026 y hasta el día 22 de mayo del 2026.
- 2.º sorteo: 11 de mayo de 2026, reclamo de premios a partir del 13 de mayo de 2026 y hasta el 13 de junio del 2026.
- 3.er sorteo: 1 de junio de 2026, reclamo de premios a partir del 3 de junio de 2026 y hasta el 3 de julio del 2026.
El Patrocinador procederá a sacar en cada sorteo a los ganadores y a los correspondientes suplentes; de no haber reclamo del ganador o ganadora, se procederá a notificar al primer suplente y así sucesivamente, en caso de ser necesario. EL PATROCINADOR deberá de realizar todas las gestiones útiles y pertinentes para comunicarse con el ganador, pero en caso de no poder localizar al ganador, podrá disponer de los premios, sin ninguna responsabilidad, y nombrar otro ganador si ninguno de los ganadores hace reclamo en tiempo y forma de su correspondiente premio.
En circunstancias demostradas de caso fortuito o fuerza mayor, podrá EL PATROCINADOR cambiar las características o especificaciones del premio ofrecido en este concurso sin que se incurra en responsabilidad de su parte.
Asimismo, la persona participante podrá autorizar de forma expresa el uso de sus datos personales —en específico, su nombre, apellido e imagen en caso de resultar ganadora y al momento de recibir el premio— para efectos de su publicación en los medios digitales de McCain, S.A. o en otros medios que el PATROCINADOR estime pertinentes. Dicha autorización será voluntaria y podrá ser revocada en cualquier momento, conforme a la normativa aplicable en materia de protección de datos personales.
Los datos de contacto (número de documento de identidad, teléfono, dirección, email), son estrictamente confidenciales y de uso interno para la logística de entrega de los premios por lo cual no serán difundidos en medios.
Todo ganador de manera expresa podrá aceptar y facilitar la difusión pública de su nombre, apellido y su imagen al momento de la obtención del premio con que resultó favorecido en cualquier medio publicitario que el patrocinador estime pertinente. El ganador deberá suscribir una autorización a favor del patrocinador mediante la cual acepte y facilite la difusión, sin embargo, se aclara que la entrega del premio no se encuentra condicionada o no a dicha autorización.
Los medios de difusión consistirían en redes sociales como Facebook e Instagram, YouTube, programática y banners digitales. En Medios OFF: pantallas en supermercados, spot de 15 segundos en cable, exteriores estáticos y radio.
RECLAMOS DE LOS PREMIOS:
Los ganadores residentes en la gran zona metropolitana (GAM) deben dirigirse por sus propios medios para retiro del premio en las oficinas de la agencia Avenida Quince Producciones SRL con domicilio en Barrio Corazón de Jesús, Heredia, Complejo de bodegas Babilonia, Bodega #1. Costa Rica. Los días de entrega serán los miércoles y sábados en horario de 9 am a 12 pm y de 2 pm a 4 pm.
Los ganadores residentes fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM) se acordará la entrega mediante empresas de paquetería Correos de Costa Rica o cualquier otra previamente definida, a las cuales deberán dirigirse para retirarlo por sus propios medios. El costo de dicho envió correrá por cuenta de EL PATROCINADOR. Las empresas de paquetería tendrán en su poder los premios luego de enviados por un máximo de 15 días naturales para ser retirados por el ganador.
Los ganadores que vayan a recibir su premio mediante la empresa de paquetería, sea Correos de Costa Rica o cualquier otra previamente definida, deberán primeramente compartir de manera digital la imagen de su documento de identidad legal y registrado en el formulario de participación de la promoción, así como el documento o conducto de finiquito firmado correctamente. Una vez revisado por EL PATROCINADOR y validada la información, se procederá con el envío del número de guía del envío del premio para su retiro.
En caso de que no sea retirado en Correos de Costa Rica o en la empresa de encomiendas definida entre las partes el premio en el lapso de los 15 días naturales arriba indicados, será devuelto a la Agencia Avenida 15 y será responsabilidad del ganador dirigirse a Barrio Corazón de Jesús, Heredia, Complejo de bodegas Babilonia, Bodega #1. Costa Rica, para retirarlo.
- El plazo total para reclamar los premios será de un mes calendario luego de la fecha del sorteo e inicio del día para reclamo del premio, es decir:
- 1.er sorteo: fecha para reclamar y retirar el premio hasta el 22 de mayo de 2026.
- 2.º sorteo: fecha para reclamar y retirar el premio hasta el 13 de junio de 2026.
- 3.er sorteo: fecha para reclamar y retirar el premio hasta el 3 de julio de 2026.
- Después de los días indicados, caducará el derecho de reclamar cualquiera de los premios indicados, y EL PATROCINADOR no reconocerá premio alguno, y por lo tanto no se verá en la obligación de satisfacerlo.
- Si el (los) favorecido (s) no acepta (n) el premio o sus condiciones o se negase a firmar el documento de recibo del premio, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido (a) y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, total ni parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.
- El premio deberá ser reclamado ÚNICAMENTE por la persona que sea declarada como favorecida de conformidad con la elección del sorteo.
- En todos los casos, al retirar el premio, el favorecido deberá presentar documento de identificación válido y al día, documento que deberá ser el que usualmente se utilice como tal.
- Las personas que presenten documentos que no coincidan con los datos que indicaron y que no presenten la documentación requerida, serán descalificadas, sin derecho a reclamo o apelación alguna.
- Si los datos entregados no fuesen correctos o la persona ganadora no responde a la llamada luego de tres (3) días hábiles con un mínimo de 1 llamada diaria de haber sido contactada sin éxito, así como un mensaje de WhatsApp o correo electrónico diario, no se hará efectiva la elección como ganador y se le cederá la oportunidad al ganador alterno bajo los mismos criterios de selección.
- Solo se admite un ganador por sorteo con un mismo documento de identidad registrado en la promoción, es decir, si la persona resultó ganadora con distintos números de factura y/o tiquete de cajas, solo le será admisible una factura y/o tiquete de caja para recibir el premio y las restantes factura y/o tiquete de cajas NO podrán seguir participando en los restantes sorteos de la promoción.
DE LOS SORTEOS:
Los sorteos y proceso de selección de los ganadores (as) será realizado mediante sorteo de tómbola electrónica.
Los sorteos serán entre todos los participantes que hayan ingresado sus facturas y/o tiquetes de cajas y fotos de los empaques adquiridos, y hayan cumplido con todos los requisitos establecidos de este reglamento.
Para la selección de los ganadores, se ingresarán todos los participantes registrados en una base de datos y se procederá con 3 sorteos digitales (tómbola electrónica) a través de la plataforma Random.org, eligiéndose según calendario:
- 1er sorteo: 20 de abril del 2026, se seleccionarán 25 ganadores
- 2do sorteo: 11 de mayo del 2026, se seleccionarán 25 ganadores
- 3er sorteo: 1 de junio del 2026, se seleccionarán 50 ganadores
Para un total de cien (100) ganadores. En el proceso inicial de selección, también se escogerán la misma cantidad de suplentes de los ganadores definidos en cada sorteo.
Dichos sorteos se realizarán en presencia de personeros del PATROCINADOR, así como también de ser posible ante un notario público o hacer constar este acto mediante declaración jurada, en las instalaciones de este del patrocinador, cita en Barrio Corazón de Jesús, Heredia, Complejo de bodegas Babilonia, Bodega #1. Costa Rica, o virtualmente mediante la plataforma digital Microsoft Teams. Dichos sorteos serán grabados.
El día de los correspondientes sorteos, se procederá a sacar la cantidad de ganadores arriba indicados y los correspondientes suplentes, para que en el caso de que algún ganador (a) no pueda ser localizado, o no cumpla con los requerimientos de este reglamento, o no desee adquirir el premio, el suplente pase a ser ganador y así sucesivamente de ser necesario.
Las personas podrán ingresar las facturas y/o tiquetes de caja junto con las fotos de los empaques que consideren pertinentes y que cumplan con el presente reglamento, aclarando que en caso de salir ganadoras de un premio NO podrán seguir participando en los restantes sorteos con las otras facturas y/o tiquetes de caja ingresadas.
EL PATROCINADOR podrá variar el lugar, la hora y fecha de los sorteos por razones de caso fortuito o fuerza mayor, siempre que se haga del conocimiento público el nuevo señalamiento a través del medio de comunicación que al efecto defina EL PATROCINADOR.
Medidas de Seguridad.
Los datos personales proporcionados de manera voluntaria por el participante al patrocinador, en específico, su nombre, apellido e imagen del ganador recibiendo su premio, tendrán relación directa con la participación en el sorteo “Compartimos tu pasión McCain & B+D”. La temporalidad del manejo de los datos personales será durante el tiempo necesario para cumplir la finalidad y no más de veinticuatro (24) meses a partir de la fecha en que hayas proporcionado tus datos al patrocinador, solo dichos datos específicos podrán ser transferidos a terceros, a propósito de la ejecución de la promoción. Una vez proporcionados los datos personales, el patrocinador lo conservará en diferentes medios seguros que la tecnología permita, cuyo acceso estará limitado solamente a las personas físicas o morales con la que EL PATROCINADOR tengan alguna relación jurídica.
El patrocinador contará con las medidas de seguridad que considere adecuadas para proteger el uso de los datos personales por parte de terceros no autorizados. En caso de requerimiento de alguna autoridad, los datos personales podrán ponerse a disposición de éstas, dentro del estricto cumplimiento de la ley. El tratamiento de los datos personales, que se han puesto a disposición del patrocinador bajo cualquier forma o circunstancia, podrá ser efectuado por el patrocinador de conformidad con los presentes términos y condiciones, por lo que desde este momento se entiende que el participante autoriza expresamente a EL PATROCINADOR para tal efecto
El PATROCINADOR, a fin de que los participantes puedan ejercer su derecho de acceso, corrección, cancelación u oposición, sobre sus datos, indica que los mismos podrán hacer las consultas que consideren oportuno a la Agencia de publicidad HAVAS COSTA RICA sita en Belén, Heredia Edificio Citizen Calle El Avión, Diagonal a Dipo.
Esta promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada de manera alguna con plataformas de redes sociales, incluyendo, entre otras, Instagram, facebook. En consecuencia, dichas plataformas no asumen responsabilidad alguna respecto de la organización, desarrollo, mecánica o resultados de la promoción, siendo el PATROCINADOR el único responsable de la misma.
Todo comentario ofensivo será eliminado del perfil del patrocinador en las redes sociales. No se aceptarán discusiones internas entre los usuarios y, si se presentan, serán eliminadas.
RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES
- En la publicidad de la presente promoción se ha consignado la frase “APLICAN RESTRICCIONES” y/o “VER REGLAMENTO EN LA PAGINA WEB WWW.MCCAINCALATIN.COM, FACEBOOK E INSTAGRAM DE MCCAIN”, @MCCAINCENTROAMERICA en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción y los premios, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento y la legislación aplicable. Si las participantes desean realizar alguna consulta sobre el presente reglamento y la promoción podrán realizarlo directamente a través de Facebook e Instagram de McCain Centroamérica.
- 2)La presente promoción se rige por la Ley N°7472 y su Reglamento el DE N°37899-MEIC (artículo 59) así como por el presente Reglamento. Se entiende que la protección del consumidor es lo que siempre prevalecerá ante cualquier inconvenciente que se realice durante la promoción.
- Esta promoción aplica para mayores de edad según se indicó.
- EL PATROCINADOR se reserva el derecho de determinar de acuerdo a los intereses de la promoción y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores, y de suceder alguna de estas circunstancias, del hecho se dejará constancia en Acta Notarial que se levantará para tal efecto.
- En esta promoción se utiliza un número único de WhatsApp según se supra indicó, por lo que se hace de conocimiento del consumidor que los datos suministrados podrían ser procesados a través de plataformas fuera de Costa Rica, pero la responsabilidad legal corresponde en todo momento al Patrocinador de la Promoción.
- Las pruebas que sustenten actos como los descritos en los puntos anteriores, serán los que de acuerdo a los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por los Tribunales de Justicia.
- Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no se encuentre previsto en el presente reglamento, será resuelto por EL PATROCINADOR, en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
- La participación de un consumidor respecto de la cual existan dudas sobre la forma en que se haya llevado a cabo, mediante cualquier intento o método de participación que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas bases, será anulada sin derecho a reclamación alguna por parte de este. De la misma manera, la utilización de técnicas de participación diferentes a las aquí indicadas, mediando algún documento falso o alterado, implicará la anulación de la participación de que se trate y será causa de descalificación total y permanente del participante en cuestión.
- EL PATROCINADOR se reserva el derecho exclusivo de reproducir y/o publicar total o parcialmente, o de no publicar cualquier contenido propuesto por los participantes.
- EL PATROCINADOR pondrá el presente Reglamento a disposición de las personas interesadas de forma clara, visible y accesible, a través de canales de televisión, pantallas digitales en puntos de ventas como Multiplaza Escazu, Multiplaza Curridabat, Paseo de las Flores, Lincoln Plaza y Multicentro; emisoras de radio y traseras de autobús. La participación en la promoción y, en su caso, el reclamo del premio implicará que la persona participante ha tenido la posibilidad real de consultar dicho Reglamento y manifiesta su conformidad con sus condiciones, limitaciones y mecánica. El PATROCINADOR conservará evidencia de que el Reglamento estuvo disponible por los medios indicados durante la vigencia de la promoción.
- En caso de que EL PATROCINADOR no logre contactar a la persona favorecida, realizará intentos razonables de localización a través de los medios de contacto proporcionados por esta (tales como teléfono, correo electrónico u otros), dentro de un plazo de los tres hábiles que se indicó. El PATROCINADOR deberá conservar evidencia objetiva, útil y pertinente de las gestiones realizadas para su localización. Si, pese a dichos esfuerzos, no fuera posible establecer contacto, o si los datos suministrados fueran incorrectos o insuficientes, se dejará constancia de dicha situación y la persona perderá la posibilidad de reclamar el premio, sin que ello genere responsabilidad para EL PATROCINADOR, actuando este de conformidad con el presente Reglamento y la normativa aplicable.
- Deberá haber total coincidencia entre los datos brindados para participar y el documento de identificación del favorecido; de otro modo, el premio no será entregado.
- Las personas que no cumplan con los requisitos reglamentarios, serán descalificadas.
- Bajo ninguna circunstancia, EL PATROCINADOR reconocerá el reclamo de un premio, que no esté amparado a la presentación del documento de identificación del favorecido.
- La responsabilidad de EL PATROCINADOR se limita a la entrega del premio ofrecido en los apartados correspondientes de este reglamento, cualquier situación posterior a la entrega del premio no será responsabilidad de la empresa patrocinadora.
- El ganador no podrá reclamar otras características y condiciones del premio que no sean las especificadas en el presente reglamento y previamente definidas por la empresa patrocinadora.
- EL PATROCINADOR se compromete a entregar únicamente los premios que ha ofrecido con la presente promoción y de acuerdo con lo que se indica en el presente reglamento.
- En el evento injustificado de haber aceptado un premio, por la circunstancia que sea, se niegue a recibirlo o a culminar el papeleo respectivo, el favorecido perderá su derecho al premio. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.
- Las personas que no se adhieren o no demuestran su voluntad de aceptar estas condiciones, EL PATROCINADOR no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y la de entregar un premio.
- EL PATROCINADOR será responsable de la correcta entrega del premio y de garantizar que este cumpla con condiciones adecuadas de calidad y seguridad para su uso conforme a su naturaleza. Una vez entregado el premio, cualquier situación derivada de su uso, disfrute o ejecución será responsabilidad de la persona favorecida, en la medida en que no sea atribuible a defectos del premio, falta de información adecuada o incumplimientos imputables al PATROCINADOR. En consecuencia, EL PATROCINADOR no asumirá responsabilidad por hechos que no le sean imputables ni por circunstancias ajenas a su control, sin perjuicio de los derechos que asisten a la persona consumidora conforme a la legislación vigente.
- No se reconocerán gastos en los que incurra el favorecido para retirar el premio. El costo del transporte para trasladarse a retirar el premio sea en el GAM o fuera de ella, correrá por cuenta del ganador.
- EL PATROCINADOR cumplen con la comunicación de dónde retirar el premio y la responsabilidad finaliza una vez que se ha retirado por el ganador.
- Toda duda comprobada o no sobre la documentación presentada, dará derecho a EL PATROCINADOR de no entregar un premio.
- El derecho a un premio es intransferible, no es negociable, ni puede ser comerciado de ninguna forma. Los premios no son endosables y no pueden cambiarse ni redimirse, o en parte, por su valor en efectivo.
- Toda garantía sobre los premios que se entreguen, en caso de que este venga con algún vicio de fábrica, en esta promoción será respaldada por el Patrocinador y ejecutada por la empresa a la cual se le compró el bien en cuestión. El Patrocinador entregará la correspondiente garantía a cada ganador.
- EL PATROCINADOR hace constar por este medio que ninguna persona (moral o física) está autorizada a recibir sumas de dinero de los participantes a cambio de premios u otro cualquier concepto.
- Esta promoción no está avalada ni patrocinada por ninguna red social, por lo que estas compañías tampoco serán responsables de alguna garantía para los participantes.
- En caso de inconformidad en cuanto al sorteo o que el premio recibido se encuentre defectuoso o averiado, el ganador deberá dirigirse a las oficinas Spectrum Brands expresando la situación particular que le afecta. Los premios cuentan con garantía de 2 años ante averías o defectos con fecha de inicio del 20 de abril del 2026 y con fecha de finalización el 20 de abril del 2028.
- Las limitaciones de responsabilidad aquí establecidas no se considerarán una renuncia a los derechos que la ley le reconoce a los consumidores o usuarios de reclamar por los daños y perjuicios causados por vicios ocultos en los premios, en cuyo caso el responsable será el proveedor del cual EL PATROCINADOR adquirieron los premios.
- EL PATROCINADOR suspenderá de forma inmediata la promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se detectaran mecanismos de cualquier naturaleza que afecten o puedan afectar gravemente los intereses de la empresa o de la promoción.
- Igualmente, podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se valgan de la promoción y la aprovechen en perjuicio del resto de los participantes.
- EL PATROCINADOR se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción, así como los intereses de los consumidores. Dicha modificación será oportunamente comunicada por los medios que así lo determine EL PATROCINADOR y no afectarán participaciones, facturas y/o tiquetes de caja ya ingresados al sistema por medio del formulario indicado.
- Si alguna persona no brindó los datos correctos o recibió su premio mediante engaño, EL PATROCINADOR podrá reclamar el premio entregado a este y se guarda el derecho de tomar las acciones legales pertinentes.
- Queda expresamente prohibido y por ende no podrán participar en esta promoción, así como tener acceso a cobrar premios en la misma, los trabajadores de EL PATROCINADOR, los socios, accionistas, ejecutivos y empleados de las empresas promotoras, auspiciadores de publicidad, de promociones, de relaciones públicas o relacionadas de alguna manera con la promoción, ni los familiares directos de estos, o intervinientes en forma directa o indirecta en la organización, puesta en marcha y eventos de esta promoción. La prohibición de participación que afecta a los citados trabajadores se extiende también a aquellos profesionales o técnicos que no siendo trabajadores, presten servicios en las citadas empresas a cualquier título. Se hace extensiva esta prohibición a los cónyuges, y parientes de los citados trabajadores, profesionales, técnicos y prestadores de servicios, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
El presente reglamento estará disponible desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de mayo de 2026 en la página web WWW.MCCAINCALATIN.COM, FACEBOOK e INSTAGRAM DE MCCAIN CENTROAMÉRICA.


